Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Corte Suprema precisa cuándo se desconoce el principio de investigación integral (3:00 p.m.)

Openx [71](300x120)

71083

29 de Diciembre de 2010

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Según la Ley 600 del 2000, los funcionarios judiciales están obligados de manera imparcial a investigar tanto lo favorable como lo desfavorable respecto de los objetos de esclarecimiento del injusto penal. Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia, al tiempo que explicó que esos objetos de esclarecimiento son, entre otros, la infracción a la ley penal, la determinación de los autores o partícipes de la conducta punible y los motivos o factores determinantes que influyeron en la violación de la norma. La Sala Penal precisó que el principio de investigación integral se desconoce cuando el funcionario, en detrimento de la facultad oficiosa o desconociendo las peticiones de las partes, no decreta o practica las pruebas. Para viciar el procedimiento, aclaró la corporación, es necesario que esas falencias tengan trascendencia en la verdad sustancial y material del caso (M.P. Yesid Ramírez Bastidas).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)