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Corte Suprema modifica la condena penal impuesta por el accidente del Colegio Agustiniano (4:27 p.m.)

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28 de Junio de 2011

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La Corte Suprema de Justicia casó oficiosa y parcialmente la sentencia condenatoria proferida por el Tribunal Superior de Bogotá por el accidente del Colegio Agustiniano Norte. El fallo del tribunal superior condenaba solidariamente a los representantes legales de las empresas que conformaron el consorcio para que indemnizaran los daños y perjuicios causados por el homicidio culposo. Sin embargo, la corte excluyó a estas personas del deber solidario de indemnización, toda vez que quienes fueron vinculados como terceros civilmente responsables fueron las personas jurídicas y no los representantes legales. En el pronunciamiento, la Sala Penal llamó la atención a los funcionarios judiciales y al representante del Ministerio Público, pues la tipicidad debía incluir un concurso homogéneo y sucesivo por cada uno de los homicidios (M.P. José Luis Barceló Camacho).

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