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Penal


Corte Suprema explica por qué dejó en firme primera condena por “falsos positivos” de Soacha

No fueron las actuaciones aisladas de cada uno de los participantes las que llevaron a concluir que eran responsables de las muertes, sino su conexión con la ocurrencia del hecho delictivo.

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21 de Marzo de 2014

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La coautoría impropia supone una división del trabajo para la concreción de un objetivo común;  por lo tanto, es posible imputar aunque la labor desempeñada resulte intrascendente, si se observa de manera aislada, indicó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

 

En estos casos, explicó, se pone en evidencia un conjunto de actuaciones que, sumadas, constituyen la concreción del punible, como la elaboración de las órdenes de operaciones, la ubicación de víctimas y todas las demás acciones que demuestran la participación activa en la concreción del objetivo común.

 

Con estos argumentos, el alto tribunal dejó en firme las primeras condenas por las desapariciones y muertes de civiles residentes de Soacha (Cundinamarca) que fueron presentados por militares como guerrilleros caídos en combate, conducta popularmente conocida como “falsos positivos”.

 

“La coautoría material impropia, estructurada fundamentalmente a partir de la división de trabajo, supone que cada uno de los coautores desempeñe un rol específico, aunque en ocasiones la labor o aporte de uno o varios de ellos resulte objetivamente intrascendente al derecho penal cuando es apreciada en forma aislada y sin articularla con el todo, esto es, descontextualizada”, subrayó la corporación.

 

La Sala explicó que no fueron las actuaciones aisladas de cada uno de los participantes las que llevaron a concluir que eran responsables de las muertes, sino su conexión con la ocurrencia del hecho delictivo.

 

Además, recordó que la comisión del delito de desaparición forzada no culmina con la muerte de la víctima, como ocurrió en este caso. En consecuencia, la actuación sigue ejecutándose, mientras no se tenga certeza de la ubicación de la persona que ha sido sometida a esa conducta delictual.

 

El alto tribunal remitió copias del fallo a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que investigue la complicidad de otros uniformados en estos hechos.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 40733 (3382014), mar. 19/14, M. P. María del Rosario González)

 

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