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Penal


Corte inaplica reforma al Código Penitenciario para conceder la prisión domiciliaria

La corporación acogió retroactiva y favorablemente el artículo 38 original del Código Penal, que fue modificado por la Ley 1709 del 2014.
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07 de Marzo de 2014

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En una sentencia reciente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió no aplicar los lineamientos de la nueva reforma al Código Penitenciario y Carcelario (Ley 1709 del 2014), que prohibió otorgar la prisión domiciliaria en delitos como el prevaricato por acción.

 

De esa manera, la corporación acogió retroactiva y favorablemente el artículo 38 original del Código Penal, que fue modificado por dicha ley en lo referente a los requisitos exigidos para conceder el sustituto de la prisión intramural.

 

El alto tribunal corroboró el cumplimiento del requisito objetivo, pues el límite inferior de la sanción prevista no excedía el contemplado en la norma. Sin embargo, al analizar el requisito subjetivo, consideró que la trascendencia de ese ilícito, al ser cometido por un juez, afecta gravemente la administración pública y amerita imponer la prisión intramural.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 42501, febrero 12/14, M. P. José Luis Barceló)

 

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