Penal
Consejo Superior reconoce derecho a renunciar al fuero indígena
La Sala Disciplinaria se apartó de la posición asumida por la Corte Constitucional en la Sentencia T-001 del 2012.11 de Febrero de 2013
El Consejo Superior de la Judicatura asumió una nueva posición jurisprudencial sobre los conflictos surgidos entre las jurisdicciones ordinaria e indígena, al concluir que los aborígenes sí pueden renunciar al fuero especial que los cobija.
La Sala Disciplinaria se apartó de la posición asumida por la Corte Constitucional en la Sentencia T-001 del 2012, sobre la posibilidad de que sea el resguardo el que renuncie al derecho de juzgar a sus integrantes, y consideró admisible que el aforado se abstenga de ser procesado por las autoridades de la comunidad a la que pertenece, siempre que esto no tienda a la impunidad, vulnere los derechos de las víctimas o implique apartarse de su identidad cultural.
Así las cosas, el aforado puede manifestar su intención de que la justicia ordinaria intervenga en su litigio, sin que esto implique la pérdida de su condición de indígena o esta sea una condición de validez de dicha manifestación de voluntad.
Vale la pena mencionar que, cinco meses atrás, con ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria, la Sala había considerado que el fuero “es irrenunciable, en el marco de la autonomía e institucionalidad referido a la existencia de autoridades, usos y costumbres”.
(Consejo Superior de la Judicatura, Sala Disciplinaria, Sentencia 11001010200020120199800, ene, 30/13, M. P. Henry Villarraga)
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