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Noticias / Penal


Conozca los aspectos que debe demostrar quien invoca una causal de nulidad en un trámite penal

15 de Agosto de 2018

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que cuando se invoca una causal de nulidad dentro de un proceso penal al impugnante le corresponde precisar la especie de irregularidad sustantiva generadora de la invalidación, los fundamentos fácticos y las normas vulneradas.

 

De igual forma debe manifestar y demostrar las razones del quebranto, labor argumentativa que debe desarrollar ajustándose a la realidad procesal, precisó el fallo. (LeaSala Penal precisa alcance de la reformatio in pejus)

 

Por otra parte, el censor también debe determinar el tramo de la actuación donde el defecto surte sus consecuencias expresando la causa por la cual no hay manera distinta de restaurar el derecho menoscabado que optar por la declaratoria de nulidad.

 

El fallo también aclaró que es del resorte del recurrente acreditar que la irregularidad denunciada produce una secuela negativa y esencial en la declaración de justicia contenida en el fallo impugnado. (Lea: ¿Abogado puede aducir que a su antecesor le faltó diligencia para efectos de nulidad?)

 

Lo anterior toda vez que el recurso extraordinario no puede sustentarse en especulaciones o en aspectos incapaces de originar el desconocimiento de garantías. Así mismo, indicó que cada causal de nulidad y cada motivo que le dé sustento se debe formular por separado  (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-8222018 (49730), May. 2/18.

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