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27 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Condenan a hombre por tentativa de feminicidio, pese a que la víctima no testificó en el juicio

11 de Marzo de 2024

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juez-sentencia-documento-audiencia(freepik)

Un hombre fue condenado por el delito de feminicidio en grado de tentativa porque atacó a su compañera permanente con un bisturí, causándole varias heridas en el cuello. Intentó huir pero fue aprehendido por vecinos y posteriormente entregado a las autoridades. No obstante, la captura fue declarada ilegal, por lo que el sujeto quedó en libertad.

Aunque la Fiscalía solicitó oportunamente el testimonio de la víctima, la mujer no acudió a rendirlo y manifestó que estaba muy nerviosa, pues había sido nuevamente agredida en la cara y el cuerpo por su pareja.

Los jueces de instancia encontraron que lo narrado por los policías que atendieron la urgencia configura uno de los supuestos de legitimidad de la prueba de referencia, revelaciones que sumadas a la demás pruebas allegadas constituían suficiente evidencia para sustentar la decisión condenatoria.

En esta oportunidad, la Sala Penal de la Corte Suprema explicó que el fundamento del método de juzgamiento acusatorio está sustentado en el imperativo procesal según el cual todas las pruebas que sirven para adoptar una decisión de fondo deben practicarse en la audiencia del juicio oral y público, ante el juez que lo preside y estar sujetas a publicidad, confrontación y contradicción de las partes.

Sin embargo, indicó que el legislador del 2004 introdujo en la Ley 906, a través de reglas definidoras de la prueba de referencia, la posibilidad de que una declaración anterior al juicio, rendida por un testigo que no está disponible para ser confrontado e interrogado, pueda excepcionalmente ser admitida, restringiendo el poder demostrativo de la misma al hecho de que no se puede sustentar una condena exclusivamente con base en esta clase de pruebas.

Así que como el legislador no elaboró un listado sobre los casos en que procede la prueba de referencia se prevé viable cuando quiera que el declarante sea víctima de un delito de secuestro, desaparición forzada “o evento similar”. Situación que se acomodó al caso bajo estudio, por lo que la Sala encontró ajustado a derecho que se condenara al hombre aunque en la audiencia de juicio la víctima no testificará por temor y que se usarán sus declaraciones previas a la policía como prueba de referencia para sustentar el fallo condenatorio (M. P.: Gerson Chaverra Castro).

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