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Así se materializa la doble conformidad si se trata de aforados legales

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11 de Mayo de 2020

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Por medio de un auto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que si se trata de aforados legales y el tribunal superior, actuando como juez de primera instancia, profiere la condena, la doble conformidad se materializa en su totalidad a través del recurso de apelación ante la Sala de Casación Penal. Por supuesto, en estos casos no procede el recurso extraordinario, aclaró la corporación. Igualmente indicó que cuando sea la Sala Penal en segunda instancia quien condene inicialmente a los aforados, la doble conformidad se satisface a través de la impugnación especial, con la pisión funcional de la Sala de Casación Penal, en los términos del numeral 7° del artículo 3° del Acto Legislativo 01 del 2018. No podrá pretenderse en este evento ejercer el recurso extraordinario al no estar previsto por la ley, debido a que si en la doble instancia interviene la Corte Suprema de Justicia no queda remanente alguno de garantía constitucional que pudiera reclamarse por otro medio (M. P. Jaime Humberto Moreno Acero).

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