Acusación en proceso especial abreviado requiere comunicar hechos jurídicamente relevantes
20 de Diciembre de 2024

De acuerdo con lo previsto en los artículos 288 y 337 de la Ley 906 del 2004, corresponde a la fiscalía expresar de manera sucinta y clara los hechos jurídicamente relevantes, lo que a su vez constituye un requisito esencial de la formulación de imputación y acusación, precisó la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Penal revocó una condena y declaró la nulidad de lo actuado en un proceso de lesiones personales durante una discusión familiar, por considerar que, en el traslado de la acusación, tratándose de un procedimiento abreviado, no se comunicaron los hechos jurídicamente relevantes en los términos legalmente exigidos.
En los casos tramitados bajo el procedimiento especial abreviado, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 536 de la Ley 906 del 2004, para todos los efectos procesales, el acto de traslado de la acusación equivale a la formulación de imputación. Respecto del contenido de la acusación, el artículo 538 de la misma ley remite expresamente a los requisitos previstos en el mencionado artículo 337.
Conducta punible
La Corte recordó que los hechos jurídicamente relevantes deben compaginar con los elementos que componen la conducta punible que se imputa, especialmente los relacionados con la tipicidad objetiva y subjetiva, los cuales deben verse íntegramente reflejados en la situación fáctica que se le comunica al procesado.
Por lo tanto, es necesario el conocimiento de la arquitectura dogmática de cada delito en particular, lo que en cada caso específico demandará un mayor o menor nivel de concreción que garantice, además, que el imputado o acusado pueda conocer de manera clara y completa lo que se le atribuye y comprender de qué deberá defenderse, lo cual se relacionada con el debido proceso.
En el caso concreto, tal como lo reclamaron la defensa técnica, fiscalía y procuraduría delegadas, en el acto de traslado del escrito de acusación, que cumple las veces de formulación de imputación, no se comunicaron los hechos jurídicamente relevantes en los términos exigidos, en la medida en que no se refirieron los elementos que componen el tipo penal de lesiones personales dolosas, incluida obviamente la relación de causalidad (M. P. Gerardo Barbosa Castillo).
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