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Actos de instrucción no pueden ser objeto de nulidad por falta de competencia (2:55 p.m.)

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22 de Noviembre de 2013

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que los actos de instrucción no pueden afectarse con la nulidad al no haberse adelantado por alguna autoridad especial de la Fiscalía General de la Nación. En su opinión, la excepción a ello son los asuntos promovidos contra funcionarios aforados, debido a su carácter particular. La corporación recordó que la Fiscalía tiene competencia para investigar y actuar en todo el territorio, por tanto, la actividad instructiva no supone la existencia de una concreta y previa determinación de los asuntos a conocer. Por otro lado, advirtió que si el funcionario obra legalmente investido de jurisdicción, sin ejercer facultades que no le corresponden, sus actuaciones son válidas, independientemente de los vicios antecedentes o posteriores que puedan presentarse en su designación (M. P. Gustavo Enrique Malo).

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