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Penal


Acción de revisión puede invalidar sentencia de casación, por prescripción de la acción penal

La única forma de que la Corte Suprema corrija su error en estos casos es aceptando el recurso de revisión.

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15 de Julio de 2011

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Una de las causales de procedencia del recurso de revisión es que se haya dictado una sentencia condenatoria por fuera del término de prescripción de la acción penal. Y esta regla opera tanto para las sentencias de primera y de segunda instancia, como para los fallos de casación.

 

Así lo indicó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al invalidar una sentencia de casación proferida por ella en el 2002.

 

En este caso, la acción penal prescribió antes de que la propia Corte profiriera su fallo de casación. Sin embargo, el alto tribunal omitió hacer el cálculo de la prescripción, como ordinariamente procede.

 

Por ello, la Corte señaló que la única forma de corregir su error es aceptando el recurso de revisión, con el fin de anular la sentencia condenatoria y ordenar la liberación del condenado.

 

(CSJ, S. Penal., Sent. 35953, jul. 13/11, M. P. Alfredo Gómez Quintero)

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