Particulares pueden incurrir en falsedad ideológica según la función que desempeñen en sus relaciones sociales (11:50 a.m.)
28 de Octubre de 2013
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Nota:
92490
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló que la contaduría pública ha sido reconocida como una profesión que tiene que ver con la seguridad y confiabilidad de las relaciones comerciales y la veracidad de la información que al respecto suministran los particulares, conforme con la sentencia C-788 del 2009 de la Corte Constitucional. En tales condiciones resulta lógico concluir que el contador fue “asimilado” a un servidor público, dadas las especiales funciones que cumple. En este sentido, el alto tribunal advirtió que se puede incurrir en el punible de falsedad ideológica teniendo como soporte la función que desempeña el autor dentro del ámbito de las relaciones sociales, es decir, si se trata de un particular o de un servidor público (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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