13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 21 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Magistrado de control de garantías debe verificar legalidad de la venta de bienes incautados por el Fondo para la Reparación de las Víctimas (8:20 a.m.)

13 de Junio de 2012

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Nota:
125219
La Corte Suprema de Justicia aclaró que el magistrado de control de garantías debe controlar la legalidad de los actos de enajenación de los bienes incautados por el Fondo para la Reparación de las Víctimas, que pertenece a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (hoy Departamento Administrativo para la Prosperidad Social). A juicio del alto tribunal, en estos casos ocurre lo mismo que en la incautación de los bienes en aplicación de las leyes 30 de 1986 y 333 de 1996, esto es, que el control de las decisiones adoptadas por las entidades públicas creadas para la administración de los bienes en procesos de extinción de dominio debe ejercerse por el funcionario judicial correspondiente, tal como lo señaló la Sentencia C-1025 del 2004. En ese sentido, esa verificación se realizará en una audiencia preliminar y de presentarse oposición a la enajenación, allí se presentarán las solicitudes, se correrá traslado para la práctica de pruebas y se escucharán los argumentos de los intervinientes (M.P. Javier Zapata Ortiz).

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