Penal
Oposición a medidas sobre bienes aportados a Justicia y Paz procede antes de formulación de cargos
20 de Octubre de 2014
La Corte Suprema de Justicia recordó que la oposición de terceros a las medidas cautelares decretadas sobre bienes sujetos a procesos de extinción de dominio en el marco de la Ley de Justicia y Paz debe adelantarse antes de la audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos.
Así lo prevé el artículo 17C de la Ley 975 del 2005, referido a la oportunidad que tiene el tercero interesado que alegue buena fe exenta de culpa como prueba de su interés legítimo en el destino de la respectiva propiedad. Esa norma, destaca la providencia, también consagra que, ante la improcedencia del alegato, se debe continuar con el trámite de extensión del dominio, que se resolverá en la respectiva sentencia que finiquite el proceso del desmovilizado.
De acuerdo con el fallo, “en cuanto concierne a la intervención de los terceros, es claro que se encuentra limitada temporalmente y requiere una importante actividad probatoria para acreditar su condición de adquirente o poseedor de buena fe calificada”.
Si bien realizada la audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos, ya ha pasado la oportunidad para ejercer dicha oposición, la Corte aclaró que, en el caso de Miguel Ángel Mejía Múnera, alias El Mellizo, esa herramienta sigue vigente, pues si bien ya se enfrentó a esa instancia procesal, la Sala Penal decretó la nulidad de lo actuado, lo que significa que no se ha superado el límite para iniciar el incidente de oposición de terceros a la medida cautelar.
Y aunque en dicha determinación se advierte que los bienes entregados por el procesado o incautados siguen afectos al proceso de reparación de Justicia y Paz, no se ha tomado ninguna decisión sobre el destino final de las propiedades.
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