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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Juez penal no puede modificar preacuerdos o negociaciones entre fiscalía y procesados (3:18 p.m.)

25 de Febrero de 2016

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Nota:
105209
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia enfatizó que los jueces de conocimiento de la jurisdicción penal no pueden modificar los términos de los preacuerdos o negociaciones entre la Fiscalía General de la Nación y los procesados, para ajustar la tipificación de los delitos o sugerir una teoría del caso diferente a la presentada por el ente investigador. De esta manera, el máximo tribunal de la justicia ordinaria precisó que la adecuación típica que la fiscalía haga de los hechos investigados es de su fuero y, por principio general, no puede ser censurada ni por el juez de instancia ni por las partes. Según explica la providencia, “que en la audiencia preliminar se haya cometido cualquier error en la denominación procesal de la conducta punible no implica que tenga algún tipo de relevancia dentro del trámite de los preacuerdos y negociaciones”, razón por la cual la Sala concluyó que los funcionarios jurisdiccionales que caigan en esta nulidad, además de vulnerar ostensiblemente el principio de imparcialidad, estarían desconociendo el presupuesto primordial del  sistema acusatorio, según el cual nadie puede ser juez y parte al mismo tiempo (M. P. José Leonidas Bustos).

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