Investigaciones basadas en patrones de macro criminalidad no implica renunciar al ejercicio de la acción penal (1:55 p.m.)
25 de Mayo de 2016
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Nota:
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Así lo dijo la Sala Penal al analizar la impugnación de la sentencia en la que se condenó a Ramiro Vanoy, alias “cuco Vanoy” bajo los postulados de la Ley 975 del 2005 por la comisión y participación de múltiples delitos. Según el alto tribunal establecer un patrón macrocriminal implica determinar el conjunto de actividades criminales, prácticas y modos de actuación de un grupo armado organizado al margen de la ley, a partir de las cuales se pueden deducir las políticas y planes que implementó, información necesaria para concentrar los esfuerzos investigativos en los máximos responsables de la ideación y ejecución del plan criminal y para develar la estructura, el modus operandi y las relaciones que hicieron posible su accionar. En ese contexto, recordó que se trata de un método de construcción de la verdad, para facilitar la comprensión de las causas y desarrollo del conflicto, en tanto no se limitan al examen aislado de casos sino que enlazan circunstancias de tiempo, modo, lugar. Con base en lo anterior, insistió en que la elaboración de los patrones del actuar criminal, en los términos y con las consecuencias previstas en la normatividad transicional vigente, no comporta la posibilidad de dejar de investigar todos los hechos delictivos materializados por la estructura examinada porque en Colombia aún no opera la selección de conductas delictivas susceptibles de judicializarse (M. P. Luis Antonio Hernández)
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