FISCALES: Conozcan los limites cuando requieran ampliar la formulación de imputación (1:04 p.m.)
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29 de Enero de 2020
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que cuando surgen nuevas situaciones fácticas que conllevan la configuración de otras hipótesis delictivas será necesario ampliar la formulación de imputación o incluso practicar otra diligencia de esa índole, a fin de no sorprender al procesado, limitante que subsiste aun en la audiencia de formulación de acusación, en la que si bien el fiscal puede corregir la acusación no está facultado para alterar el aspecto fáctico. Es por esto que cuando en el ejercicio investigativo en cabeza del ente acusador (previo a la presentación del escrito de acusación y posterior al referido acto de imputación) se logra la aprehensión de diversos elementos cognoscitivos que conducen a deducir la existencia de otros punibles no considerados en un principio y, por ende, no comunicados al indiciado, el fiscal del caso está obligado a suscitar una audiencia de formulación de imputación adicional, “a efecto de consolidar los cargos a enrostrar al presunto infractor en la acusación a que haya lugar”, finaliza la providencia (M. P. Jaime Humberto Moreno).
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