ExtraEste será el nuevo procedimiento para los delitos menores (2:41 p.m.)
14 de Diciembre de 2016
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Nota:
53092
El proyecto de ley que establece un procedimiento abreviado para tramitar las contravenciones penales tuvo que ser sometido a conciliación luego de que en la plenaria de la Cámara se aprobara en último debate. La comisión accidental acogió el texto aprobado por el Senado al considerar que recoge con mayor precisión la intención del legislador. La iniciativa, de autoría del Ministerio de Justicia y compuesta por 44 artículos, permite que las víctimas puedan hacer parte de procesos relacionados con delitos menores de manera más activa, investigando y acusando a través de sus abogados. Así, se reducirían los tiempos procesales y se llegaría a la sentencia con mayor rapidez. De este modo, en menos de seis meses podrán resolverse delitos querellables, tales como lesiones personales, injuria, calumnia, abuso de confianza y estafa, este último por cuantías inferiores a 150 salarios mínimos mensuales ($ 103’418.100). Sobre la figura del acusador privado, establecida en el artículo 2º del Acto Legislativo 06 del 2011, se permitirá asumir a la víctima la condición de investigador, en el caso de las contravenciones penales y cuando así lo solicite al fiscal del caso. De esta manera, podrán solicitar la conversión de la acción pública en acción privada las mismas personas que se entienden como querellantes legítimos. Cuando se trate de múltiples víctimas deberá existir acuerdo entre todas ellas sobre la conversión de la acción penal. El acusador privado haría las veces de fiscal. Dentro de la iniciativa se incluye como delito querellable el tipo penal de infidelidad a los deberes profesionales, consagrado en el artículo 445 del Código Penal. La anterior conducta se describe así: cuando el apoderado o mandatario en un asunto judicial o administrativo, por cualquier medio fraudulento, “perjudique la gestión que se le hubiere confiado, o que en un mismo o diferentes asuntos defienda intereses contrarios o incompatibles surgidos de unos mismos supuestos de hecho”. Si la conducta se realiza en un asunto penal, la pena imponible se aumentaría hasta en una tercera parte. El informe de conciliación será sometido a la aprobación de la plenarias, de aceptarse, será enviado a sanción presidencial.
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