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Empresas de intermediación tecnológica deberán contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios

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23 de Marzo de 2021

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"Por medio del Decreto 82, del pasado 19 de marzo, la Alcaldía de Bogotá dictó medidas para fortalecer la seguridad y garantizar el adecuado uso del espacio público por parte de las empresas y aplicaciones web que intermedian o prestan el servicio de entrega de domicilios en la ciudad. La medida obedece, entre otras razones, a que a pesar de la reducción en los delitos en general ha aumentado el número de capturas a personas que aparentemente tienen por ocupación ser domiciliarios, pero en realidad cometen delitos principalmente de hurto a personas, lesiones personales, hurto a establecimientos comerciales, tráfico y porte de armas, por lo cual fue necesario implementar medidas para la identificación de los mensajeros vinculados a las empresas gestoras de plataformas de comercio electrónico y portales de contacto que intermedian o habilitan servicios de entrega de domicilios. Así las cosas, la norma dispone que dentro del mes siguiente a su publicación las empresas de intermediación tecnológica deberán contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios, que contenga los datos de identificación de los mismos y que le permita validar a la autoridad de policía la condición de activo en la prestación del servicio. Así mismo, los domiciliarios ya inscritos en las empresas de intermediación tecnológica deberán realizar la inscripción de sus bicicletas en el ""Registro Bici Bogotá"". De otra parte, se establece la restricción de acompañante en las motocicletas cuando se están prestando servicios de entrega a domicilio, medida que regirá hasta el 31 de diciembre del 2021. "

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