Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Penal


Referendo sobre cadena perpetua sería inconstitucional

Para la Comisión Asesora de Política Criminal la prisión perpetua desconoce los principios de culpabilidad, proporcionalidad y función resocializadora de la pena.
28151
Imagen
medi-110826-01-carcel-1509244221.jpg

26 de Agosto de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Foto: Thinkstock

 

La Comisión Asesora de Política Criminal afirmó recientemente que el proyecto de ley que busca someter a referendo la instauración de la cadena perpetua para ciertos delitos contra menores es inconveniente e inconstitucional.

 

Para la Comisión, integrada por los abogados Yesid Reyes, Iván González, Rodrigo Uprimny, Iván Orozco, Camilo Sampedro, Farid Benavides, Carlos Guillermo Castro, Julissa Mantilla y Fernando Velásquez, la propuesta transgrede los principios básicos del Estado Social de Derecho, lo que implica una sustitución de la Constitución.

 

Además, indicó que la prisión perpetua desconoce los principios de culpabilidad, proporcionalidad y función resocializadora de la pena, pues impide que el condenado se reintegre a la sociedad.

 

Así mismo, señaló que la propuesta no corresponde con una política criminal coherente que realmente garantice los derechos de los menores y los proteja de esos crímenes.

 

La Comisión insistió en que el Congreso debe deliberar y discutir la iniciativa y, si encuentra que es injusta o viola los derechos fundamentales y la Constitución, rechazarla y archivarla. Si no lo hace, la Corte Constitucional debería declarar la ley inexequible, en caso de que tenga que revisarla, concluyó.

 

>> Conclusiones comisión asesora

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)