Penal
Procuraduría respalda principios de macrocriminalidad y priorización en Justicia y Paz
24 de Octubre de 2013
La Procuraduría General de la Nación respaldó la macrocriminalidad y la priorización de casos asumida como principios estructurales de las actuaciones penales características de la reforma a la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005).
En un concepto reciente, la entidad le solicitó a la Corte Constitucional que declare exequibles las normas en las que se desarrollan tales conceptos (artículos 2, 5A, 6, 11A, 11C, 11D, 15, 15A, 16, 16A, 17, 17B, 17C, 18, 18A, 18B, 22, 23, 23A, 25, 26, 44, 46, 46A, 46B, 54 y 72 de la Ley 975, además de los comprendidos entre los artículos 38 y el 41 de la Ley 1592 del 2012).
Para el Ministerio Público, dicha priorización no afecta los derechos de las víctimas y, por el contrario, constituye un mecanismo propio de la justicia transicional que pretende alcanzar el bien superior de la paz, sin contrariar garantías fundamentales.
En esta ocasión, el organismo de control consideró que estos conceptos sí son respetuosos de los compromisos internacionales asumidos por Colombia y sí se acogen al ordenamiento constitucional interno, en tanto permiten a la Fiscalía y a la justicia penal darle prelación a los delitos de mayor trascendencia social, como otras autoridades jurídicas lo hacen.
A su juicio, no es excesivo permitir que la autoridad concentre la investigación penal en los máximos responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática.
“El establecimiento de criterios de priorización de casos, o la priorización como tal, permiten darle prelación a los delitos de mayor trascendencia social como, de hecho, otras autoridades judiciales y administrativas pueden en nuestro ordenamiento jurídico darle prelación al trámite y al fallo de determinados asuntos”, agregó.
La Procuraduría aclaró que es distinta la priorización a la selección de casos, pues este principio sí permitiría que el Estado renuncie a la investigación y al ejercicio de la acción penal respecto de algunos crímenes, lo que contraría los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en materia de protección de los derechos humanos.
El concepto del Ministerio Público contrasta con las declaraciones del procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, que, en julio pasado, le solicitó a la Corte declarar inexequibles varios apartes del marco jurídico para la paz o condicionar su constitucionalidad, para evitar la renuncia a la persecución penal de delitos de lesa humanidad.
Ordóñez advirtió que dejarían de investigarse 12 tipos de crímenes de guerra y cinco modelos de genocidio. Además, casos de tortura, desaparición, embarazo forzado y desplazamientos que no fueron cometidos sistemáticamente quedarían en la impunidad, precisó.
(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5649 (D-9818), oct. 17/13)
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