Así se identifica al determinador en el derecho penal
Según el artículo 30 del Código Penal, el determinador influye decisivamente en la comisión del delito.
27 de Mayo de 2025
En el ámbito del derecho penal colombiano, el término “determinador” hace referencia a la persona que induce, convence o incita a otro individuo a cometer un delito. Esta figura se encuentra regulada en el artículo 30 del Código Penal, el cual establece que el determinador no interviene directamente en la ejecución del acto delictivo, pero su influencia es fundamental para que se materialice la conducta ilícita.
Según la Fiscalía General, para que una persona sea reconocida como determinador deben cumplirse cinco condiciones específicas. Primero, debe haber incitado a otro a delinquir. Segundo, el delito debe haberse ejecutado o, por lo menos, intentado. Tercero, debe existir un vínculo directo entre la incitación y la realización del acto. Cuarto, el determinador no puede haber participado en la ejecución del hecho. Finalmente, debe haber actuado con plena intención.(Lea: El principio de consonancia en materia penal no es absoluto: Sala Penal)
El determinador se diferencia del autor material en que no realiza directamente el comportamiento criminal. No obstante, su responsabilidad penal se equipara a la del ejecutor del delito, ya que la ley considera que sin su intervención el acto posiblemente no se habría llevado a cabo. Esta equiparación implica que el determinador puede recibir la misma pena que quien ejecuta el delito.
En la práctica judicial esta figura es clave para sancionar a quienes, desde una posición de influencia, promueven la comisión de crímenes sin involucrarse físicamente. La doctrina penal destaca la relevancia de identificar adecuadamente esta conducta para que no quede impune quien, aunque no actúe por sí mismo, resulta esencial en la configuración del delito.
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