Argumentar causal de nulidad por vulnerar debido proceso o garantías fundamentales requiere precisas pautas demostrativas (11:23 a.m.)
18 de Septiembre de 2018
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Nota:
110106
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que las causales de nulidad son taxativas y que la denuncia, bien sea de la vulneración del debido proceso o de garantías fundamentales, requiere de claras y precisas pautas demostrativas, toda vez que no cualquier anomalía conspira contra la vigencia de la actuación, pues la misma debe ser esencial y estar vinculada en calidad de medio para quebrantar las bases esenciales del juicio o algún derecho fundamental de los intervinientes. Vale la pena indicar que estas causales de nulidad están establecidas en el artículo 455 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. Del mismo modo indicó que, igual que en las otras causales, debe ajustarse a ciertos parámetros lógicos que permitan comprender el motivo de ataque, el yerro sustancial alegado y la manera como se quebranta la estructura del proceso o se afectan las garantías a consecuencia de aquel. Conozca otras precisiones sobre el tema y el caso concreto en el documento adjunto (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).
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