Aerolíneas, a implementar código de conducta contra la explotación sexual de menores y a advertir a los pasajeros por las consecuencias legales de esas conductas (4:45 p.m.)
Openx [71](300x120)
68940
13 de Septiembre de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Antes de dos meses, todas las empresas de servicios aéreos comerciales de transporte público deberán adoptar un protocolo de autorregulación o código de conducta contra la explotación sexual de niños y adolescentes, de obligatorio cumplimiento por parte de sus directivos, empleados y contratistas, que contenga y desarrolle, al menos, las directrices previstas en la Resolución 4311, que acaba de expedir la Aeronáutica Civil. Adicionalmente, las aerolíneas adoptarán medidas concretas y permanentes para informar adecuadamente a sus pasajeros sobre la existencia de disposiciones que previenen y castigan en Colombia el turismo sexual con menores, consignadas en la Ley 1336 del 2009.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!