Suspenden disposiciones que afectaban el derecho de retracto por compra de tiquetes aéreos por teléfono o internet (3:09 p.m.)
10 de Diciembre de 2019
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Nota:
114707
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el plazo de tiempo y la retención de dinero que la Aeronáutica Civil impuso a los compradores de tiquetes aéreos para ejercer el derecho de retracto cuando la compra se hace por métodos ‘no tradicionales’, esto es, transacciones por internet o vía telefónica. Encontró que mientras la regulación establecida por la autoridad aeroportuaria le da al pasajero 48 horas posteriores a la compra para poder retractarse (con anterioridad de ocho días o más para vuelos nacionales y de 15 para los internacionales), el Estatuto del Consumidor prevé cinco días hábiles para ejercer este derecho. Además, concluyó que mientras la Aerocivil estableció el cobro de una retención de $ 50 mil por la retractación ante la compra de pasajes nacionales y de US $ 60 dólares frente a los internacionales, el mencionado estatuto prevé la devolución total del dinero. Esta determinación implica que mientras se mantiene esta medida de suspensión provisional los usuarios podrán gozar de las condiciones de retractación que ofrece el Estatuto del Consumidor, es decir, en un plazo de cinco días hábiles y con la garantía de la devolución de la totalidad del dinero (C. P. Roberto Augusto Serrato).
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