Supersolidaria unifica su doctrina en cuanto al efecto legal de inobservar normativa sobre convocatoria y cuórum (10:33 a.m.)
09 de Agosto de 2019
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Nota:
121180
La Superintendencia de la Economía Solidaria recogió algunos de sus conceptos y consolidó un único criterio respecto del efecto legal que genera la inobservancia de las normas legales y estatutarias sobre convocatoria y cuórum. En este sentido, indicó, no existe lugar a equívocos que el efecto legal que produce la contravención o inobservancia de las disposiciones legales, estatutarias o reglamentarias referidas a convocatoria y cuórum es la ineficacia de pleno derecho de la reunión o de las decisiones del órgano máximo de administración. Al no producir efectos legales, es válido inferir que no es posible desde una perspectiva legal ratificar en una nueva reunión decisiones que no produjeron efectos debido a la ineficacia que antecede. La única forma de subsanar es realizando una nueva reunión en la que se cumplan todas las formalidades legales, estatutarias y reglamentarias referidas a convocatoria y cuórum.
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