Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Superfinanciera precisa aspectos relacionados con el pago del auxilio funerario a un tercero, en el régimen de prima media (5:04 p.m.)

Openx [71](300x120)

64695

10 de Febrero de 2010

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

En reciente concepto, la Superintendencia Financiera precisó dos aspectos relativos al pago del auxilio funerario a un tercero, en el régimen de prima media. En primer lugar, indicó que cuando el causante contrata directamente los gastos funerarios con una aseguradora o una empresa de servicios exequiales y asume el pago a través de primas o de cuotas, no hay lugar al reconocimiento del auxilio a un tercero. En segundo lugar, señaló que cuando el causante es beneficiario de un contrato o póliza exequial cancelado por un tercero, se puede solicitar el pago del auxilio en la proporción que señala la ley, es decir, el equivalente a la última mesada pensional, sin que pueda ser inferior a cinco salarios mínimos mensuales vigentes ni superior a diez.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)