11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Sociedades afianzadoras no están autorizadas para expedir pólizas de seguros: Superfinanciera (12:55 p.m.)

22 de Enero de 2013

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Nota:
85523
La Superintendencia Financiera recordó que las sociedades afianzadoras ofrecen una garantía regulada en el Código Civil y la vienen desarrollando a través de personas jurídicas que garantizan obligaciones ajenas a cambio de una remuneración, en la que un fiador se obliga con el acreedor garantizando a cumplir la obligación del deudor principal a título gratuito u oneroso. La entidad señaló que a través de la fianza no es posible ejercer la actividad aseguradora en la medida en que se trata de contratos con un objeto y regulaciones distintas. Por lo anterior, la superintendencia reiteró que las entidades aseguradoras que se encuentran bajo su vigilancia son las únicas autorizadas para tramitar y expedir pólizas de seguros con el fin de garantizar el cumplimiento de una obligación cuando la ley así lo exija, es decir, que dicho requisito no puede ser acreditado con una fianza.

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