Sentencia Superindustria y ComercioConsumidor no debe asumir los errores en la información que anuncia el productor y/o proveedor (4:17 p.m.)
01 de Octubre de 2019
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Nota:
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De acuerdo con los presupuestos del deber de información, los bienes o servicios deben ajustarse a las características de uso y funcionamiento anunciadas, so pena de resultar el productor y/o proveedor responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso bajo análisis, se vulneraron los derechos de la consumidora frente al incumplimiento del deber de información, que exige su veracidad, claridad y oportunidad, de manera que esta no debió asumir las consecuencias de los errores del proveedor, un almacén de cadena que informó una promoción del 50 % en televisores y no acreditó que se trataba de algunas referencias seleccionadas, por lo que no fue procedente la excepción de mérito. Así las cosas, debió proceder a reintegrar la suma cancelada como excedente por un televisor.
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