SAS pueden pactar en sus estatutos que el derecho de inspección se ejerza en cualquier tiempo (12:09 p.m.)
03 de Diciembre de 2019
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Nota:
112690
En principio, el derecho de inspección en la sociedad por acciones simplificada (SAS) se ejerce dentro de los cinco días anteriores a la fecha de la asamblea en que serán sometidos a aprobación o improbación los balances de fin de ejercicio u operaciones de transformación, fusión o escisión. Sin embargo, la amplia autonomía contractual de este tipo societario le permite pactar en los estatutos que el mismo se ejerza en un tiempo superior, en cualquier tiempo o ante circunstancias como la oferta o enajenación de acciones, indicó la Superintendencia de Sociedades. En cuanto a los años a los cuales puede extenderse la fiscalización de los documentos, precisó que solo puede revisarse la información contable, financiera y administrativa de la sociedad correspondiente al ejercicio social pendiente de aprobación, por lo que si no se han aprobado balances de fin de ejercicio de años anteriores puede darse la mencionada extensión.
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