Revocan patente concedida por la SIC, por no cumplir con el requisito de novedad
27 de Julio de 2022
La Federación Nacional de Cafeteros presentó demanda de nulidad contra la resolución por medio de la cual la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) concedió patente de invención a la creación titulada “desmucilaginador y lavador vertical ascendente para café”.
En criterio de la demandante, el examen de la SIC se limitó a revisar superficial y equivocadamente la información suministrada sin consultar bibliografía diferente a su base de datos y por ello basó su decisión en una premisa falsa, cuya aplicación vulnera las normas andinas de propiedad industrial, pues la invención no representa progreso técnico alguno, ni resulta ventajosa frente a lo existente, en tanto los progresos que pretende reivindicar resultan obvios para una persona normalmente versada en la materia.
Al analizar el caso, la Sección Primera del Consejo de Estado determinó que para la fecha en que se presentó la solicitud de patente ya existía en el estado del arte máquinas desmucilaginadoras de café con las características señaladas en las reivindicaciones de la patente concedida, lo que pone de manifiesto la vulneración de los artículos 1° y 2° de la Decisión 344, pues la materia patentada estaba comprendida en el estado de la técnica y, en consecuencia, era accesible al público previo a la solicitud ante la SIC.
Así las cosas, se declaró la nulidad de la resolución por medio de la cual la SIC concedió el privilegio de patente de invención, por no cumplir con el requisito de novedad previsto en la norma comunitaria. (C. P.: Nubia Margoth Peña Garzón).
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