Representante legal debe destinar las utilidades o retenerlas, si luego de decretadas aparecen procesos judiciales que involucren a los socios (2:53 p.m.)
05 de Febrero de 2010
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Nota:
64804
Una vez decretadas las utilidades y determinada la manera como van a ser distribuidas a cada asociado, pueden aparecer procesos judiciales en los que estén involucrados uno o varios socios de la compañía y que afecten sus utilidades. En este evento, el representante legal debe destinar el monto de utilidades pertinente al lugar señalado en la orden judicial debidamente notificada, o retenerlo, si así lo dispone la misma. Según la Superintendencia de Sociedades, los asociados que decidan no capitalizar observarán necesariamente que la participación de ellos dentro de la persona jurídica sufrirá una disminución, que los puede llevar a perder poder decisorio.
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