Rentabilidades mínimas de portafolios de corto y largo plazo de fondos de cesantías se repiten (10:14 a.m.)
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12 de Enero de 2011
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Para el periodo comprendido entre el 30 de agosto y el 31 de diciembre del 2010, los fondos de cesantías deberán garantizarles a sus afiliados una rentabilidad mínima del 0,80% efectivo anual, aplicable al portafolio de corto plazo, dispuso la Superintendencia Financiera. Para el portafolio de largo plazo, la rentabilidad mínima obligatoria es del 12,25% efectivo anual, para el lapso diciembre 31/08 – diciembre 31/10. Estas rentabilidades son iguales a las certificadas el pasado 10 de diciembre.
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