Recursos extraordinarios de revisión y anulación del Estatuto de Arbitraje podrían salir del ordenamiento (2:03 p.m.)
20 de Septiembre de 2019
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Nota:
113642
La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículo 40 y 45 del Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional (Ley 1563 del 2012), en los que se regulan, respectivamente, el recurso extraordinario de anulación y el de revisión. Según el demandante, esas disposiciones vulneran los artículos 13, 29, 93, 123 y 209 de la Constitución Política, en tanto quebrantan el principio de la doble instancia. En efecto, sostiene que, sin justa causa razonable y objetiva, las normas atacadas limitan los recursos que proceden contra el laudo arbitral, con taxativas causales, situación que, a su juicio, trunca la justicia material. Y es que asegura que esa restricción impide que la sentencia arbitral (nacional o internacional) sea examinada por un superior, de manera integral o de acuerdo con los cargos de inconformidad expuestos por la parte vencida en el arbitraje (demandante: Jorge Posada Taborda).
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