Patentes de invención o de modelo de utilidad son concedidas por 20 y 10 años, respectivamente (3:04 p.m.)
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13 de Diciembre de 2019
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La normativa aplicable a patentes en la legislación colombiana es la Decisión 486 del 2000 de la Comunidad Andina de Naciones, entendidas estas como un mecanismo de protección de las invenciones, por medio de patentes de invención o de modelo de utilidad, las cuales son concedidas por el término de 20 años y de 10 años, respectivamente. Una vez transcurrido el tiempo de duración, la invención es de dominio público y cualquier persona puede utilizarla libremente. La explotación, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio, puede consistir en comercializar exclusiva y directamente el producto patentado o a través de terceros a quienes se les otorgan licencias. Así mismo, mediante la transferencia de derechos obtenidos mediante la venta a un tercero para que explote la invención. Por lo tanto, el beneficio es económico para el inventor o titular de la patente.
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