Pasar al contenido principal
03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 40 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


A partir del 18 de julio, entidades con régimen contractual excepcional deberán cargar documentos en el SECOP II

08 de Junio de 2022

Reproducir
Nota:
144290

El Gobierno emitió lineamientos para las entidades estatales con un régimen contractual excepcional al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública para que cumplan lo establecido en el artículo 53 de la Ley 2195/22.

A partir del 18 de julio, dichas entidades deberán publicar en el Sistema electrónico de contratación pública (SECOP II) los documentos relacionados con la actividad contractual que se realice con dineros públicos. Para tal efecto, deberán hacer uso de los módulos de régimen especial dispuestos en la plataforma, ya sea contratación de régimen especial con ofertas o sin ofertas.

Teniendo en cuenta que el articulado no cambió la forma en que se perfeccionan los contratos suscritos por entidades exceptuadas, para cumplir con el deber de publicidad que les asiste, este proceso se podrá realizar con la firma del contrato electrónicamente, es decir, realiza un uso transaccional de la plataforma, o con firma física y publicar los documentos de ejecución en la etapa precontractual del SECOP.

Es importante mencionar que cuando se haga uso de la plataforma de manera transaccional, los proveedores podrán marcar como confidenciales aquellos documentos que sean de carácter reservado, para que la entidad pública verifique su contenido y seleccione si acepta o no la solicitud de confidencialidad. Así las cosas, en caso de ser afirmativa la respuesta, este no tendrá vista pública en la plataforma.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)