Operaciones de derivados, sujetas a nuevo reglamento (12:22 p.m.)
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29 de Diciembre de 2010
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"El Banco de la República expidió ayer nuevas reglas relativas a las operaciones de derivados, a los agentes autorizados para realizarlas, al procedimiento cambiario para su liquidación y al suministro de información a ese organismo. La Circular Reglamentaria Externa DODM-144 elimina la restricción según la cual en los contratos de derivados con cumplimiento efectivo la fecha de liquidación debía coincidir con la fecha de pago o giro de la operación subyacente obligatoriamente canalizable; modifica la referencia ""casas de cambio"" por ""sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales"" y extiende las autorizaciones de los usuarios de zonas francas a los residentes no usuarios que depositen mercancías en esas áreas, entre otras reformas. "
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