Notoriedad de la marca debe ser demostrada (12:25 p.m.)
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02 de Febrero de 2012
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La Sección Primera del Consejo de Estado, en sentencia del pasado 24 de noviembre, reiteró que la notoriedad de la marca debe ser demostrada, porque es un hecho objetivo que la autoridad judicial solo puede admitir cuando tenga convicción plena de su existencia. Por otro lado, el alto tribunal aclaró que pueden coexistir dos marcas que identifican productos conexos o idénticos, si los signos son diferentes y no causan riesgo de confusión (C.P. Rafael E. Ostau de Lafont Pianeta).
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