Supersociedades realiza algunas precisiones sobre el régimen de garantías mobiliarias (9:35 a.m.)
18 de Junio de 2018
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Nota:
108468
En reciente concepto, la Superintendencia de Sociedades realizó algunas precisiones acerca del régimen de garantías mobiliarias que prevé la Ley 1676 del 2013. En cuanto a los principios de igualdad y especialidad, que se deben examinar en cada caso, la entidad indicó que las nuevas disposiciones implican una interpretación distinta a las aplicadas a las garantías sobre muebles, ya que para los inmuebles no se articuló un andamiaje normativo y, por ende, respecto del negocio jurídico de prenda no es extrapolable al negocio jurídico de hipoteca, que no sufrió mutación alguna, salvo para efectos concursales.
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