11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Sentencia Superindustria y ComercioConsumidor no debe asumir las consecuencias de una información imprecisa e inoportuna (4:41 p.m.)

03 de Enero de 2018

Reproducir
Nota:
58868
La obligación de informar supone la existencia de una relación de consumo en virtud de la cual un consumidor adquiere un bien o servicio a un productor o proveedor, determinado por las condiciones objetivas y específicas anunciadas. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, el bien o servicio deberá ajustarse a las mismas, so pena de resultar el productor o proveedor responsable de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información. En el caso concreto, la demandante recibió una llamada en la que se le ofrecían unos obsequios por el buen manejo de su tarjeta de crédito, hecho que fue desvirtuado por el banco demandado, pero que influyó en la aceptación dada. En concepto de la entidad, se vulneraron los derechos de la consumidora al incumplir con el deber de información, que exige su veracidad, claridad y oportunidad. “el consumidor no debe asumir en medida alguna las consecuencias de esta clase de improperios, aunque no fuera su obligación adquirir el portafolio cuestionado”, agregó.  

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)