Sentencia Superindustria y ComercioUno de los deberes del consumidor es informarse acerca de los productos y servicios que adquiere (11:34 a.m.)
25 de Septiembre de 2018
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Nota:
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Si bien es cierto que los consumidores tienen derechos, de acuerdo con lo previsto en el numeral 2.1 del artículo 3 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011), también tienen deberes y uno de ellos es informarse acerca de los productos y servicios que adquieren, por lo que previamente a la suscripción de un contrato deben adquirir información sobre las condiciones generales del mismo. En el caso bajo análisis, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, no se vislumbró la vulneración de derechos al consumidor, quien alegó que no pudo establecer contacto con la demandada cuando iba a cancelar el saldo de un plan turístico y que posteriormente le dijeron que su reserva estaba cancelada. Sin embargo, el material probatorio arrojó que el consumidor conocía las cláusulas del contrato y las obligaciones de las partes, por lo que no era posible atribuir responsabilidades por su propia culpa.
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