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Responsables del tratamiento de datos personales no obligados a registrar no deben actualizar información (11:05 a.m.)

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13 de Marzo de 2018

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Si con ocasión de la expedición del Decreto 90 del 2018, por el cual se limitó el universo de vigilados que deben registrar bases de datos y se definieron nuevas fechas para el proceso, el responsable no está dentro de los obligados a registrar pero ya realizó el trámite, no está obligado a actualizar información en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. Antes de la disposición mencionada todos los responsables del tratamiento tenían la obligación de registro, por lo que no es posible su eliminación. Estos registros quedarán para la consulta histórica y se deshabilitarán para consulta pública.

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