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Quedan cuatro días para renovar la matrícula mercantil

29 de Marzo de 2019

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Los empresarios que aún no han renovado su matrícula mercantil tienen plazo hasta el próximo lunes 1° de abril para cumplir con este requisito de ley y, de esta manera, conservar los beneficios que les otorga ser empresas formales y cumplidoras de sus deberes legales. (Lea: El 1° de abril vence el plazo para renovar la matrícula mercantil)

 

Dicho proceso permite al país contar con información actualizada de estas empresas para el diseño de políticas públicas, la lucha contra la corrupción y, lo más importante, como respaldo a los mismos empresarios para la promoción de sus negocios, la toma de decisiones de inversión, el acceso al financiamiento para apalancar los proyectos de su empresa y participar en licitaciones y concursos y contratar con el Estado. (Lea: La importancia de renovar la matrícula mercantil).

 

¿Cómo renovar la matrícula mercantil?

 

Las cámaras de comercio han implementado diversos mecanismos para facilitar el proceso de renovación de los registros a través de servicios tecnológicos y virtuales que permiten a los empresarios cumplir con la renovación de sus registros de forma fácil, rápida y segura, desde cualquier parte del mundo y a cualquier hora del día.

 

De esta manera, los empresarios pueden renovar desde sus oficinas o sus casas ingresando al sitio web de su cámara de comercio.

 

Igualmente, las cámaras han desarrollado diversas actividades de descentralización de sus servicios, visitando todos los municipios de su jurisdicción y haciendo presencia en diferentes zonas y espacios comerciales, con el objetivo de facilitar los trámites para los empresarios.

 

¿Cuáles son las obligaciones como comerciante y qué pasa si no cumple con ellas?

 

De acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio, las obligaciones del comerciante son:

 

        I.            Matricularse en el Registro Mercantil y realizar su renovación anualmente.

      II.            Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos.

    III.            Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.

    IV.            Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.

      V.            Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.

    VI.            Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.

 

El incumplimiento de las anteriores obligaciones se sanciona con multas económicas impuestas por la Superindustria de hasta 17 salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv).

 

Beneficios de la renovación

 

La renovación de la matrícula le proporciona al sector empresarial el respaldo legal que necesita para poder funcionar y crecer. Además, acredita al comerciante frente a sus clientes y proveedores como legalmente constituido y con una trayectoria reconocida, aspectos que generan confianza y facilitan los negocios.

 

Igualmente, se benefician del portafolio de productos y programas que ofrecen las 57 cámaras de comercio y diversas entidades públicas y privadas en temas de desarrollo y fortalecimiento empresarial. Capacitaciones, ruedas de negocios, misiones comerciales, programas de escalamiento e iniciativas clúster son algunas de las herramientas a las que pueden acceder los empresarios formales y renovados.

 

Otros registros

 

El 1º de abril también vence el plazo para renovar el Registro Único de Operadores de Libranza, la inscripción de entidades sin ánimo de lucro y el Registro Nacional de Turismo. Por su parte, el plazo de renovación para el Registro Único de Proponentes será el viernes 5 de abril.

 

* Con información de Confecámaras.

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