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Presidencia invita a entidades públicas a cumplir con registro de bases de datos

21 de Enero de 2019

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Por medio de la Circular Presidencial 01, del pasado 15 de enero, el Gobierno invitó a todas las entidades públicas del orden nacional, departamental, distrital y municipal a realizar con suficiente antelación el registro de bases de datos ante el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), cuyo plazo vence el próximo 30 de enero.

 

El directorio público de las bases de datos sujetas a tratamiento que operan en el país es administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio y será de libre consulta para los ciudadanos. (Lea: Registro de bases de datos para personas naturales, entidades públicas y privados sin cámara de comercio).

 

Efectuar dicho registro no solo contribuye a dar ejemplo de compromiso con la legalidad, indicó la circular, sino que permitirá generar mayor confianza ciudadana respecto del tratamiento de datos en el sector público, adoptar medidas de seguridad para proteger adecuadamente la información, mejorar la gestión del manejo de bases de datos en el sector público y reforzar la transparencia y acceso a la información.

 

El Gobierno, mediante el capítulo 26 del decreto único del sector Comercio, reglamentó la información mínima que debe contener el RNBD y los términos y condiciones bajo los cuales se deben inscribir en este las bases de datos sujetas a la aplicación de la Ley de Habeas Data.

 

Actualmente está habilitada la inscripción en el RNBD de las bases de datos cuyo tratamiento efectúan:

 

  1. Las personas jurídicas de naturaleza privada inscritas en las cámaras de comercio.

     
  2. Sociedades de economía mixta.

     
  3. Las personas naturales.

     
  4. Las entidades públicas diferentes a las sociedades de economía mixta.

     
  5. Las personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las Cámaras de Comercio.

 

Presidencia de la República, Circular 01, Ene. 15/19.

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