Personalidad jurídica de la SAS no se pierde por quedar disuelta e iniciar un proceso de liquidación privada (8:01 a.m.)
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10 de Julio de 2018
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Una vez constituida la sociedad por acciones simplificada (SAS) forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados. Dicha personalidad jurídica, que le brinda capacidad de goce y de ejercicio, no se pierde por el hecho de que la compañía quede disuelta e inicie un proceso de liquidación privada, pues la disolución y el estado de liquidación no terminan con la existencia de la persona jurídica. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Sociedades, una SAS vinculada a una investigación administrativa tiene capacidad jurídica plena para ejercer su derecho de defensa y contradicción, mientras no se haya inscrito en el registro mercantil su cuenta final de liquidación.
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