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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Operadores de comunicaciones deben evitar campañas publicitarias que sugieran violencia de género

04 de Enero de 2019

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A través de la Resolución 92696 del pasado mes de diciembre, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a Virgin Mobile Colombia SAS abstenerse de emitir y divulgar campañas publicitarias a través de cualquier medio de comunicación, sea impreso, audiovisual, exterior y/o digital, que vulneren derechos fundamentales como la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación en contra de la mujer y que transmitan mensajes de apología a conductas ilegales.

 

La orden se originó por una campaña del producto nueva bolsa de chat de Whatsapp ilimitado, en la que se utilizaron lenguaje e imágenes que sugieren un escenario de violencia, con proclamas como “la mató con $ 800 pesitos”, “lo hacía con las dos al mismo tiempo” y “consumía 7 días a la semana” anunciadas a través de un medio impreso de amplia circulación en varias ciudades del país.

 

Según la entidad, el Estado no puede permitir ni la sociedad aceptar presentaciones visuales ni de ningún tipo que vulneren los derechos a la igualdad y a la no discriminación por razón del género y que, además, refuercen estereotipos sexistas, pues van en contra del orden y la moral públicos.

 

Así mismo, exhortó a los demás operadores que proveen servicios de comunicaciones en el mercado nacional y a los medios de comunicación que anuncian publicidad de productores y/o proveedores que se abstengan de emitir y divulgar dichas campañas publicitarias.

 

No obstante, advirtió, la medida no pretende censurar el contenido de lo que publican los medios de comunicación, pues debe tenerse claro que la publicidad transmite un mensaje meramente comercial con el propósito de atraer compradores y obtener un beneficio económico, diferente a la esencia del derecho a la libre expresión.  

 

Superindustria y Comercio, Resolución 92696, Dic. 21/18.

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