Marcas en idioma extranjero son signos de fantasía (4:08 p.m.)
17 de Mayo de 2013
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Nota:
88461
Cuando las palabras en extranjero y su significado no son de conocimiento común, a las marcas con tal connotación se les ha considerado signos de fantasía, entendidos como la creación de un vocablo que no tiene significado por sí mismo, sino que se asocia indirectamente a una idea. De esta manera el Consejo de Estado, acogiendo la interpretación prejudicial 28-IP-2011 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, negó la solicitud de nulidad del registro de una marca en idioma extranjero al señalar que las marcas denominativas se deben analizar sin descomponer su unidad fonética y gráfica. Agregó el alto tribunal que al no existir confusión fonética, es realmente improbable que el consumidor medio se vea en la necesidad de traducir (C.P. María Elizabeth García González).
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