Juez de los procesos concursales dispone de mecanismos tecnológicos de publicación de información (11:37 a.m.)
21 de Septiembre de 2018
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Nota:
110035
En el proceso de intervención en la modalidad de toma de posesión no se exigen informes y anexos, pues el Decreto 991 del 2018, por el cual se modificó el modelo de gestión, no reguló nada al respecto, sin perjuicio de las facultades legales del juez de la intervención en razón de su autonomía y correlativa obligación de dirigir el proceso, lo que le permite impartir las órdenes a que haya lugar, indicó la Superintendencia de Sociedades. En todo caso, agregó, el juez de los procesos concursales tiene a su disposición los mecanismos tecnológicos de publicación que ha previsto la ley, con los que garantiza y permite el ejercicio del derecho de acceso de las partes a la información pública correspondiente.
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