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Actualizado hace 15 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Fecha de rembolso de dineros hace parte de la información que debe suministrarse al consumidor

26 de Enero de 2018

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), sobre información mínima y responsabilidad, los proveedores y/o productores deberán suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan.

 

Lo anterior so pena de responder por todo daño consecuencia de la inadecuada o insuficiente información, dentro de la cual se incluyen aspectos como la fecha de devolución o rembolso de dineros, los cuales deben ser observados. Así lo precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, al resolver una acción de protección al consumidor. (Lea: IMPORTANTE: Cancelación del evento da lugar a devolución total de lo pagado por boletería)

 

En el mismo sentido, les asiste a los compradores el derecho de recibir la información con las mismas características indicadas respecto de los productos y servicios que se le ofrecen, con el fin de garantizar que estos sujetos cuenten con los elementos de juicio suficientes que les permitan elegir entre la variedad de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado y así adoptar decisiones de consumo razonables.

 

Casuística

 

En el caso analizado, un ciudadano adquirió un plan de odontología por una suma superior a los $ 2 millones 500 mil. Sin embargo, la demandada nunca prestó el servicio.

 

Ante esto, el demandante solicitó la devolución del dinero pagado, lo cual fue aceptado por la clínica odontológica, que informó que dentro de los 15 días siguientes se efectuaría el rembolso. (Lea: Simple prestación de la garantía no exonera de responsabilidad al proveedor y/o productor)

 

Luego de cinco meses no se había reintegrado el dinero, por lo que el accionante elevó reclamación directa insistiendo con la devolución del dinero. No obstante, a la fecha de la presentación de la demanda no había sido devuelta la suma indicada.

 

La Superindustria declaró que la parte demandada vulneró los derechos del consumidor y le ordenó que dentro de los 10 días siguientes rembolsara el dinero pagado por el paquete odontológico, suma debidamente indexada. Ello por cuanto argumentó que la entidad no cumplió las múltiples fechas que indicó al usuario para realizar el rembolso del dinero cancelado por unos servicios que nunca iniciaron. (Lea: ¿El mal uso del producto exonera al proveedor de cumplir con la garantía?)

 

Superindustria y Comercio, Sentencia 217, Ene. 9/18

 

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