Esta es la política de supervisión a las cámaras de comercio
14 de Enero de 2022
La Superintendencia de Sociedades asumió la competencia para ejercer la supervisión de las cámaras de comercio, también las previstas frente al registro mercantil, el ejercicio profesional del comercio y la apelación de los actos de registro, entre otras facultades transferidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, en virtud del artículo 70 de la Ley 2069 del 2020.
Tres serán los pilares fundamentales de la política de supervisión: (i) la pedagogía, (ii) el cumplimiento normativo y (iii) la actuación oportuna y temprana.
Sobre el primero se crearán espacios para la promoción, capacitación, refuerzo y entendimiento de la normativa existente, así como de las instrucciones impartidas por la misma superintendencia para prevenir las infracciones que se presentan con mayor frecuencia.
Se divulgarán en redes sociales y a través de la página web de la Superintendencia de Sociedades normogramas, cronogramas de eventos, infografías y folletos.
También habrá visitas a quienes ejercen profesionalmente el comercio para generar darles charlas y crear espacios de pedagogía.
En materia de disposiciones, se realizará depuración normativa para la emisión de instrucciones claras sobre la regulación de los registros públicos a cargo de los supervisados, así como la fijación de los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas.
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